Esta nueva iniciativa le pone el tatequieto a entidades comerciales y financieras para que respeten el derecho a la intimidad de los consumidores.
El Congreso de la República aprobó La ley ‘Dejen de fregar’ y esta pasó a sanción presidencial. La iniciativa fue presentada por el representante a la Cámara Juan Carlos Willis busca limitar los horarios en los que una entidad puede hacer sus gestiones de cobro u oferta de productos.
En la plenaria del Senado se aprobó el informe de conciliación del proyecto de ley número 384 de 2022, “por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores”. La ley establece los canales, el horario y la periodicidad en la que pueden contactar las entidades para hacer cobros u ofrecer sus productos, según explicó el representante Wills el trasfondo es «evitar acciones que perturban o molestan a los usuarios durante horarios no flexibles”.
Para que en el futuro la implementación sea exitosa, las superintendencias Financiera y de Industria y Comercio tendrán la función de vigilar y sancionar a quienes incumplan lo estipulado en la ley.
Puntos clave de la ley
1. Gestores de cobranza solo podrán contactar a los consumidores mediante los canales que estos autoricen, en una franja horaria de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
2. Se podrán realizar máximo dos llamadas a la semana, aun si la persona proporcionó varios canales de contacto.
3. Se creará un ‘Registro de números excluidos’ entre la delegación al Ministerio TIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones. En él se hará inscripción de los consumidores que no deseen recibir llamadas, mensajes, correos electrónicos o cualquier tipo de contacto.
4. Empresas que incumplan con lo mandado en la ley y violen la privacidad de los usuarios, podrían recibir sanciones por parte de la Superintendencia Financiera (Superfinanciera) o de Industria y Comercio (INC).
Varios congresistas respaldaron la propuesta, ahora el presidente Petro tendrá tres meses para sancionar la ley y cuando está entre en vigencia, las entidades solo podrán contactar al usuario por una vía y una vez cada semana entre lunes y viernes en el horario de 7:00 a.m. y las 7:00 p.m., y los sábados de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.