Una nueva ley en Colombia, la 2359 del 2024, ha entrado en vigor regulando el consumo, venta y publicidad de cigarrillos electrónicos, conocidos como vapeadores. Entre las disposiciones más importantes, la normativa establece multas para aquellos que fumen en espacios prohibidos, como restaurantes, bares y otros lugares públicos.
La Encuesta nacional de consumo de sustancias psicoactivas (ENCSPA -2019) reveló que los vapeadores son la tercera sustancia legal más consumida en el país, especialmente por personas de 18 a 24 años. Se estima que alrededor de 1.1 millones de colombianos usan cigarrillos electrónicos o vapeadores con nicotina, lo que ha impulsado la necesidad de regular su uso.
La ley prohíbe la venta de productos de tabaco y sus derivados a menores de 18 años, y quienes incumplan esta disposición enfrentarán multas equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente, con posibilidad de aumentar en caso de reincidencia. Además, se prohíbe el consumo de vapeadores en una amplia gama de espacios públicos y privados, incluyendo áreas de trabajo, lugares de entretenimiento y medios de transporte.
Para garantizar el cumplimiento de estas regulaciones, se establecerán sanciones que incluyen amonestaciones verbales y capacitaciones sobre los efectos nocivos del cigarrillo. La implementación de estas medidas tendrá un período de transición de un año a partir del 9 de mayo de 2024, durante el cual se espera que los ciudadanos se adapten a las nuevas normas.