La Resolución 12338 del 20 de octubre de 2026 establece las fechas para la inscripción de candidatos, la recolección de firmas, la propaganda electoral y las demás etapas de los comicios en los que se elegirán gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles en Colombia.
La Registraduría Nacional del Estado Civil estableció el calendario electoral para las elecciones de autoridades territoriales que se realizarán el domingo 31 de octubre de 2027, mediante la Resolución 12338, expedida el 20 de octubre de 2026 y fechada en Bogotá el 28 de octubre del mismo año.
La jornada electoral permitirá elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales en todo el país.
De acuerdo con el documento, el calendario comenzó el 31 de octubre de 2026, fecha en la que se inicia el registro de los comités inscriptores de candidaturas respaldadas por grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales, así como la recolección de apoyos ciudadanos. Ese mismo día comienza la inscripción de ciudadanos que necesiten actualizar su lugar de votación por cambio de domicilio o residencia.
Fechas principales del calendario electoral
Entre las fechas establecidas por la Registraduría se encuentran las siguientes:
30 de abril de 2027: fecha límite para instalar mesas de votación en los corregimientos creados hasta ese momento.
30 de junio de 2027: vence el plazo para registrar los comités inscriptores de candidaturas respaldadas por grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités promotores del voto en blanco. También comienza la inscripción de candidatos y listas, y se suspende la incorporación al censo electoral de cédulas de primera vez para elaborar las listas de sufragantes.
31 de julio de 2027: vence el periodo de inscripción de candidatos y listas, así como el plazo para recolectar y entregar firmas de candidaturas respaldadas por grupos significativos de ciudadanos. También comienza la propaganda electoral en espacios públicos y se publica el censo electoral.
2 de agosto de 2027: comienza el periodo para modificar candidatos y listas por renuncia o no aceptación.
5 de agosto de 2027: inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación social y se deben establecer los lugares donde funcionarán las mesas de votación.
6 de agosto de 2027: vence el plazo para modificar candidatos y listas por renuncia o no aceptación.
8 de agosto de 2027: se publica el listado de candidatos inscritos y se remite la información correspondiente a los organismos competentes para verificar posibles inhabilidades. También finaliza la inscripción de ciudadanos para votar por cambio de domicilio o residencia.
31 de agosto de 2027: comienza la asignación de espacios gratuitos en medios de comunicación para las organizaciones políticas y los grupos que hayan inscrito candidatos. Además, inicia la postulación de testigos electorales ante el Consejo Nacional Electoral.
17 de septiembre de 2027: se conforma la lista de delegados del Consejo Nacional Electoral para practicar los escrutinios generales.
30 de septiembre de 2027: vence el plazo para modificar candidaturas por revocatoria de inscripción debido a causas constitucionales o legales, inhabilidades sobrevinientes o situaciones conocidas después de la inscripción.
15 de octubre de 2027: fecha límite para designar las comisiones escrutadoras y los claveros.
16 de octubre de 2027: vence el plazo para realizar el sorteo y publicar las listas de jurados de votación.
20 de octubre de 2027: finaliza el plazo para inscribir nuevas candidaturas en caso de muerte o incapacidad física permanente de un candidato.
24 de octubre de 2027: fecha límite para postular testigos electorales ante el Consejo Nacional Electoral.
29 de octubre de 2027: comienzan la inmunidad de los integrantes de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y los claveros, y finalizan los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación.
Jornada electoral y escrutinios
El 31 de octubre de 2027 se realizarán las elecciones territoriales. Según la resolución, los integrantes de las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares deberán presentarse en sus respectivas sedes a partir de las 3:30 de la tarde.
Los escrutinios distritales, municipales y auxiliares comenzarán a las 4:00 de la tarde y se extenderán hasta la medianoche.
El calendario establece que el 1 de noviembre de 2027 continuarán los escrutinios distritales, municipales y auxiliares, desde las 9:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche. Por su parte, los escrutinios generales comenzarán el 2 de noviembre de 2027, a partir de las 9:00 de la mañana.
La resolución señala que el calendario electoral rige a partir de su publicación y establece las etapas que deberán cumplir las autoridades electorales y los actores políticos antes, durante y después de la jornada de votación.












