La entidad ambiental dio a conocer el detalle de cómo se procedió en este caso que se registra en uno de los municipios del Sur del Tolima.
Frente a la reciente incautación de más de 3.000 unidades de madera ilegal destinadas a la construcción de una corraleja en el municipio de Guamo, la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, informa:
PRIMERO: Recibió un reporte ciudadano sobre la presunta construcción de una estructura artesanal con madera en mal estado y sin permisos correspondientes.
SEGUNDO: Personal vinculado a la Oficina Territorial Suroriente de Cortolima, en compañía de Policía Nacional, Personería Municipal y Procuraduría General de la Nación, realizó una visita ocular al predio para verificar la información.
TERCERO: La inspección reveló el uso de madera, rolliza y aserrada, en primer grado de transformación, sin evidencia de procesos de secado industrial, inmunización o cepillado técnico, y sin los permisos ambientales correspondientes. El material provenía de especies de flora silvestre, en su mayoría en estado de deterioro y con señales de pudrición, hongos y puntillas oxidadas, lo que representa un riesgo tanto ambiental como para la seguridad de quienes utilizarían estas estructuras.
CUARTO: Frente a estos hallazgos, se impuso una medida preventiva por tráfico ilegal de flora y se inició el correspondiente proceso sancionatorio por la vulneración e incumplimiento del Decreto 1076 de 2015 y la resolución 1909 de 2017, donde se establece la normatividad ambiental vigente sobre la movilización y tenencia ilegal de flora y fauna en Colombia.
QUINTO: Durante el operativo, se presentaron situaciones en contra del personal de la corporación, en las cuales se pretendía obstaculizar la diligencia y cumplir con el deber funcional de la entidad enmarcado dentro del ordenamiento jurídico. Presentada esta circunstancia y ante el riesgo al que estuvo el personal de Cortolima y de las demás entidades acompañantes, se adelantarán las acciones legales pertinentes y se continuará con el proceso administrativo sancionatorio ambiental conforme lo establecido en la Ley 1333 de 2009 y Ley 2387 de 2024, sin perjuicio de las demás acciones a que hubiere lugar.
SEXTO: Cortolima, en atención a la obligación que le asiste, no solo en la protección de los recursos naturales y el medio ambiente, sino también en la salvaguarda de la vida y la integridad de los pobladores del departamento, y en cumplimiento del Decreto 1076 del 2015 y el Acuerdo 015 del año 2017, ha proferido las circulares informativas 17 de junio 04 de 2024 y 002 el 26 de mayo de 2025, en la que insta a las administraciones municipales, así como a los consejos de gestión de riesgo municipales y departamental, y a las autoridades competentes, a vigilar y revisar que las construcciones artesanales que usan material forestal, maderable y no maderable, cumplan con los requisitos y los permisos ambientales correspondientes para su uso.
SÉPTIMO: Cortolima seguirá adelantando acciones de control y vigilancia en todo el departamento del Tolima, para garantizar el uso responsable de los recursos naturales de los tolimenses.