Este 18 de marzo, Colombia vivirá un día cívico decretado por el presidente Gustavo Petro, cuya finalidad es fomentar la participación ciudadana en las marchas organizadas en apoyo a las reformas de su gobierno. Esta decisión ha suscitado diversas reacciones en la población, así como interrogantes sobre su aplicación en diferentes sectores laborales.
El concepto de día cívico, según Función Pública, se refiere a una jornada laboral ordinaria, pero no hábil, que es declarada por el gobierno a nivel nacional, departamental o municipal, con el objetivo de que los ciudadanos se involucren en actividades de interés público o celebren eventos significativos. A diferencia de los días festivos, esta figura no está estipulada por ley y no conlleva necesariamente la paralización total de las actividades laborales.
La declaración de este día cívico está dirigida principalmente a los empleados del sector público, quienes deberán acatar las instrucciones de sus respectivas entidades. Sin embargo, se alienta a los empleadores del sector privado a considerar la posibilidad de facilitar a sus trabajadores la asistencia a las actividades programadas.
Es importante mencionar que, aunque la participación en marchas es un derecho constitucional, el día cívico no garantiza automáticamente la ausencia laboral. Los empleados del sector público deben seguir las pautas establecidas por sus entidades, mientras que aquellos en el sector privado deben consultar con sus jefes sobre las políticas internas relacionadas con el tema.
El Código Sustantivo del Trabajo no aborda específicamente el día cívico, pero su artículo 57 establece que los empleadores deben conceder permisos a sus trabajadores para ejercer derechos cívicos y cumplir con deberes oficiales temporales. Así, la participación en las marchas podría considerarse un deber cívico, aunque la decisión sobre el permiso recae en el empleador.
Cabe señalar que algunos sectores públicos quedarán exentos de este día cívico, debido a la naturaleza esencial de sus funciones. Esto incluye a las Fuerzas Armadas y de Policía, que deben mantener la seguridad y el orden público; los profesionales de la salud, que garantizan la atención médica; el personal de servicios de emergencia, disponible para responder a situaciones de riesgo; y las entidades de control, encargadas de velar por el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos ciudadanos.
La comunidad está invitada a mantenerse informada y a conocer sus derechos y obligaciones en el marco de esta jornada cívica.