La empresa no ha cumplido los fallos judiciales que ordenan el reconocimiento de la pensión aún ex empleado de la misma.
En diálogo con el Noticiero del Pueblo, el abogado Germán Perdomo, indicó que la determinación judicial que ordenaba tres días de arresto domiciliario a la representante legal de la empresa Rápido Tolima, María Miriam Arteaga de Parra, se da ante el incumplimiento no solo de la tutela que obligaba a unas pretensiones, sino también por el desconocimiento a los fallos judiciales de los juzgados administrativos de la ciudad.
Ante esta situación el profesional del derecho aseguró, que los derechos laborales y pensionales de su defendido, Jairo Antonio Gómez Ortiz, han sido desconocidos por parte de la transportadora regional, por lo que incluso antes de la aparente incumplimiento del desacato de la tutela, se entraría a entablar una denuncia penal en contra de Rápido Tolima.
Este problema jurídico radicó inicialmente, en razón a que durante los años de servicio por parte de su representado con esta entidad,la misma habría dejado de pagar los aportes de pensión a colpensiones, por lo que se perjudicó la aceptación de una mesada pensional.
Dentro del proceso judicial, indicó el abogado perdomo se ha mantenido siempre la posición de vulneración y reconocimiento de un derecho laboral por parte del afectado, problemática que deriva de las determinaciones que se tomaron desde la empresa transportadora.
Se espera, establecer si en esta ocasión en esta determinación judicial, donde además se ordenó el pago de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes como sanción económica, se le habría dado cumplimiento o por el contrario se podría estar dando los primeros pasos para entablar una acción penal.