Se trata de la restricción de venta de licor en horas de la mañana, desde las 4:00 de la madrugada, hasta las 12:00 del mediodía, durante los dos fines de semana de puente festivo de junio.
El secretario de Gobierno de Ibagué, Francisco Espín, anunció la aplicación del Decreto de Cenguayave para las festividades, exactamente los dos fines de semana de puente festivo de junio de 2025, el cual restringe la venta de licor en horas de la mañana.
La restricción aplicará en la zona urbana entre las 4:00 a.m. y las 12:00 del mediodía, y en la zona rural entre las 12:01 a.m. y las 11:00 a.m. El decreto no estará vigente durante los días en que se realicen los desfiles, pero sí aplicará en los demás días de celebración durante los dos fines de semana principales del Festival Folclórico.
La medida fue discutida y avalada por el Consejo de Seguridad, órgano conformado por la Policía, el Ejército, la Personería, la Procuraduría y representantes de los gremios económicos, incluido Fenalco.
“Estas son unas decisiones que se toman escuchando el órgano consultivo que es el Consejo de Seguridad y como repito está conformado por Ejército, Policía, Personería, Procuraduría. Se invitó a los gremios también estuvo fenalco y esas fueron las conclusiones que se llev el consejo para que la se alcaldesa tomara la mejor decisión ambos fines de semana”, precisó el Secretario Espín.
La vigilancia del cumplimiento estará a cargo de la Policía Nacional y del Ejército, que operarán con presencia permanente en sectores urbanos y rurales. Los establecimientos sorprendidos incumpliendo el decreto serán objeto de suspensión inicial, y el caso será remitido al inspector correspondiente. En cuanto a los ciudadanos, el consumo en los horarios restringidos implicará la aplicación de un comparendo bajo el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (artículo 18.01).