El Departamento de Control, Comercio de Armas, Municiones y Explosivos aclaró los alcances del Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026. Según el coronel Héctor Alexander Juzga León que los permisos nacionales y regionales de carácter especial dejan de ser requeridos.
El Departamento de Control, Comercio de Armas, Municiones y Explosivos entregó precisiones sobre el Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, que establece nuevas disposiciones de alcance nacional. El coronel Héctor Alexander Juzga León explicó que los ciudadanos que tengan vigente su permiso de porte podrán movilizarse con su arma por todo el territorio nacional, sin necesidad de tramitar permisos especiales de carácter regional o nacional.
La autoridad señaló que: “Las autoridades militares expedirán las resoluciones correspondientes de acuerdo con sus áreas de responsabilidad, pero, para portar el arma en cualquier territorio, será suficiente contar con el permiso de porte vigente”, señaló el coronel.
Uno de los llamados principales está dirigido a quienes tienen sus permisos vencidos. El coronel Juzga explicó que las personas que lleven más de 30 días con el permiso vencido deberán asumir una multa equivalente a un salario mínimo legal vigente al iniciar el proceso de actualización.
El trámite deberá realizarse exclusivamente mediante la plataforma CIADEM 2.0, donde se iniciará el proceso de revalidación. Posteriormente, el Departamento de Control de Armas, a través de sus 36 seccionales en el país, adelantará los estudios y verificaciones correspondientes.
Estas comprobaciones incluyen consultas con la Policía Nacional, Interpol y la Fiscalía General de la Nación, en el marco de la normativa vigente para determinar la procedencia de la actualización de los permisos de porte y tenencia.
Finalmente, el coronel hizo una advertencia a los ciudadanos: “No se requieren intermediarios, terceros, para efectuar estos trámites”, por lo que recomendó utilizar únicamente los canales oficiales para evitar posibles irregularidades o estafas.










