Es la solicitud que está haciendo el concejal del Partido Alianza Verde, William Rosas, quien señaló que la propuesta va en consonancia en lo que dicta la norma, y hace ese llamado a la Administración Municipal.
El concejal del Partido Alianza Verde, William Rosas, planteó la necesidad de modificar el Estatuto Tributario Municipal para ajustar su contenido a lo establecido por la Ley 20 de 1974, la cual, determina que los centros religiosos dedicados exclusivamente al culto y a actividades de fe deben estar excluidos del pago del impuesto predial y de otros tributos municipales.
Rosas señaló que, pese a esta norma, en Ibagué se ha venido aplicando el cobro del impuesto predial a iglesias y centros religiosos, e indicó que esta situación ha generado procesos de cobro y deudas a varias de estas instituciones, por lo que considera necesario actualizar el marco jurídico local.
“Queremos llamar la atención a la Administración Municipal para que se modifique ese estatuto tributario y que esos que vienen siendo dedicados a centros de culto, a la fe, iglesia, centros religiosos, trabajos con la comunidad, pues sean excluidos y no exonerados del impuesto predial”, dijo Rosas.
Enfatizó el cabildante: “Esto se requiere porque en los últimos intentos de modificación a esos que se llaman la reforma tributaria, pues se intentó grabar y que en el municipio están siendo grabados. Entonces podemos concluir en lo siguiente, esto no se trata de una dádiva, es ser explícitamente acogido a la ley y no se trata de un beneficio porque uno se lo quiere inventar, sino porque así está contemplado”.
El concejal explicó que existe una diferencia entre la exoneración y la exclusión tributaria. La primera se concede por decisión administrativa y tiene una vigencia limitada, mientras que la exclusión implica que dichos lugares no deben ser gravados, conforme a lo dispuesto en el acuerdo entre la Santa Sede y el Estado colombiano.
Rosas insistió en que su propuesta no busca un beneficio adicional para las iglesias, sino el cumplimiento de la norma vigente.











