El exconcejal y abogado habló con La Voz del Pueblo y explicó la sentencia C-454 de 2025 de la Corte Constitucional que busca abstenerse de usar símbolos religiosos en despachos judiciales, para garantizar la neutralidad del Estado frente a las creencias religiosas y reforzar la independencia de la justicia.
El abogado y exconcejal de Ibagué, Camilo Delgado, habló con La Voz del Pueblo sobre la sentencia de unificación C-454 emitida por la Corte Constitucional el 6 de noviembre de 2025, en la cual, se establece la prohibición del uso de símbolos religiosos en las instituciones encargadas de administrar justicia y del Estado.
Delgado explicó que la decisión se basa en el carácter laico del Estado colombiano, reconocido desde la Constitución de 1991, y tiene como propósito fortalecer la confianza ciudadana en la imparcialidad de los jueces y la independencia de la justicia frente a cualquier credo religioso.
El jurista aclaró que la Corte no promueve el ateísmo, sino que busca evitar exclusiones derivadas de convicciones religiosas y que las entidades públicas deben abstenerse de emplear símbolos o nombres religiosos, salvo en casos en que existan razones seculares comprobables, como valores históricos, artísticos o arquitectónicos.
“Es algo que se ha venido discutiendo y que, por supuesto, este tipo de determinaciones lo que busca es garantizar la neutralidad. A diferencia de lo que algunos sectores han manifestado y es que la corte está promoviendo el ateísmo, lo que hace es respetar las exclusiones que se podrían generar por conceptos de convicciones religiosas”, dijo Delgado.
Precisó: “Con esto lo que se está planteando es que precisamente las instituciones públicas eviten la utilización de estos símbolos religiosos y, por supuesto, garanticen la libertad de credo, la libertad de conciencia que constitucionalmente está establecida dime cuando se aplica a la administración pública, que es la que tiene de la que tiene que asegurar la neutralidad del Estado frente a este tipo de privilegios que en el pasado tenían religiones como la católica”.
Delgado refirió que esta decisión podría reactivar debates como los ocurridos en Ibagué sobre los nombres ‘La fe en Dios’ y ‘La gloria de Dios’ en escenarios deportivos, dado que la sentencia busca evitar enfrentamientos entre creyentes y no creyentes y preservar la neutralidad estatal.
Agregó que la aplicación del fallo será progresiva y dependerá del análisis que cada despacho haga sobre la naturaleza de los símbolos existentes. Recordó además antecedentes como la discusión de 1999 sobre el crucifijo en la Corte Constitucional y señaló que el nuevo precedente exhorta a todas las entidades públicas a respetar la separación entre Iglesia y Estado.











