En una decisión calificada como un triunfo simbólico y jurídico para la defensa de la docente y abogada Inés Yohanna Pinzón, la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la tutela interpuesta por la Universidad del Tolima.
La sentencia emitida bajo radicado STP13279-2025, confirma que la revisión de una decisión de segunda instancia implica la posibilidad de modificar el sentido del fallo, lo cual hace improcedente este tipo de acciones. En consecuencia, la Corte Suprema ordenó notificar a las partes y remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Este pronunciamiento marca un precedente sobre el uso responsable de los mecanismos constitucionales en el marco de la justicia colombiana.
En febrero de 2025, la profesora Inés Yohanna Pinzón interpuso una denuncia por violencia laboral basada en género contra el rector Omar Mejía y otros directivos de la Universidad del Tolima. Inicialmente, la Unidad de Género de la institución rehusó tramitarla, lo que derivó en una acción legal ante el Tribunal Superior de Ibagué. Seguidamente, el tribunal falló a su favor, ordenando reabrir la investigación con enfoque de género y garantizar su participación activa.
Este fallo no solo representa una victoria para la profesora Pinzón, sino que también se constituye en un precedente poderoso en defensa de las mujeres que alzan su voz frente a la injusticia. La Corte Suprema envió un mensaje contundente: los mecanismos legales no pueden ser usados como escudo institucional para silenciar denuncias legítimas ni para obstaculizar el acceso a la justicia.











