El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué condenó a 10 años de prisión al exgerente del Hospital Federico Lleras Acosa Iván David Hernández Guzmán y al profesional del área de la salud de urgencias, Hernán Moreno Herrán por la suscripción de tres contratos entre 2009 y 2011,, donde se comprometieron vigencias futuras
El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ibagué condenó en calidad de coautores, a 10 años de prisión en contra de Iván David Hernández Guzmán, exgerente del Hospital Federico Lleras Acosta E.S.E., y Hernán Moreno Herrán, excoordinador de la Unidad de Cuidado Crítico de la misma institución.
Los condenados deberán pagar una multa de 133 salarios mínimos legales mensuales vigentes, fueron inhabilitados para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la pena principal.
La condena fue apelada por los abogados de los exfuncionarios del Hospital Federico Lleras Acosta, y el Juez emitió la orden de captura, la misma debe hacerse efectiva, una vez la sentencia esté en firme y ejecutoriada por parte de las instancias judiciales.
Los procesados comprometieron vigencias futuras, sin el debido sustento presupuestal y legal, durante la ejecución de tres contratos celebrados entre los años 2009 y 2011 con la empresa Hernández Troncoso y CIA S en C, para la adquisición de equipos destinados a la Unidad de Cuidado Crítico del mencionado centro asistencial.
La investigación determinó que el contrato matriz fue el 271 del año 2009, el cual tenía como objeto la dotación de equipos especiales para la Unidad de Cuidado Crítico en las áreas de intensivo e intermedio, con opción de compra al cabo de 60 meses y por un valor de $208 millones.
Sin embargo, entre los años 2010 y 2011, le fueron adicionados otros dos contratos por una cuantía superior a los $2.600 millones de pesos, los cuales debían ejecutarse en un plazo de 60 meses, con prórrogas sucesivas cada año. Ambos fueron suscritos con la misma persona jurídica, y el mismo objeto, lo que evidenció que el primer contrato fue un distractor, respecto al término del primero, ya que lo que se estaba planificando realmente era una contratación a 5 años.
Según el ente acusador, el análisis de conveniencia fue elaborado por el coordinador, Moreno Herrán, quien posteriormente fue designado como supervisor del contrato.
Se probó también que los contratos se adjudicaron de manera directa, y no mediante licitación pública, como lo establece ley cuando la cuantía supera los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.










