Ahora será el tribunal supremo de la jurisdicción de lo contencioso administrativo el encargado de tomar la decisión definitiva sobre la demanda de nulidad electoral.
La Procuraduría General de la Nación solicitó al Consejo de Estado negar las pretensiones de nulidad contra la elección de Marco Emilio Hincapié Ramírez y Renzo Alexander García Parra como representantes a la Cámara por el Tolima para el periodo 2026-2030.
El pronunciamiento está contenido en el Concepto No. 2026-09-NE-266, fechado el 28 de septiembre de 2026, dentro del proceso promovido por Javier Rodríguez Figueroa ante la Sección Quinta del Consejo de Estado.
La Procuraduría, a través de la Procuradora Séptima Delegada ante el Consejo de Estado, Idayris Yolima Carrillo Pérez, concluyó que no se acreditaron circunstancias con incidencia suficiente para anular la elección de los dos congresistas.
El proceso está relacionado con cuestionamientos sobre la conformación de la lista del Pacto Histórico y la obligatoriedad de las consultas populares internas. Sin embargo, tras analizar los argumentos expuestos dentro del proceso, el Ministerio Público pidió al alto tribunal negar las pretensiones de la demanda.
En su conclusión, la Procuraduría señaló que no encontró elementos suficientes para establecer que se hubiera presentado una conformación indebida de la lista o una irregularidad con la incidencia necesaria para afectar el acto de elección.
La decisión definitiva corresponde al Consejo de Estado, que deberá pronunciarse sobre las pretensiones de nulidad.












