El ente acusador cuestionó que el exalcalde impulsara la contratación cuando faltaban 11 meses para terminar su administración y existían advertencias sobre la dificultad de culminar el proyecto.
La Fiscalía cuestionó que el exalcalde Andrés Hurtado impulsara la contratación del proyecto cuando faltaban apenas 11 meses para terminar su administración y pese a advertencias sobre la dificultad de ejecutar la obra dentro de ese periodo.
Durante la audiencia de imputación, el ente acusador sostuvo que la fase uno del proyecto fue contratada por cerca de $39.000 millones, mientras que la interventoría tuvo un valor de $2.997 millones, comprometiendo en conjunto más de $41.000 millones de recursos públicos.
Según la Fiscalía, los procesos de selección de obra e interventoría fueron adelantados y adjudicados en un periodo inferior a tres meses, con un plazo contractual de ocho meses para ejecutar los trabajos.
El fiscal señaló que existían advertencias técnicas que advertían sobre la dificultad de culminar una infraestructura de esa magnitud antes del final del periodo constitucional de Hurtado. Pese a ello, según la acusación, el entonces mandatario permitió que los contratos avanzaran.
Pero el dato que más cuestionó la Fiscalía está relacionado con la interventoría.
El Consorcio Conexión Vial 60 habría recibido $1.928 millones, equivalentes al 65 % del contrato de interventoría, cuando la obra apenas registraba un 5,67 % de avance físico.
Para el ente acusador, las decisiones adoptadas durante la administración de Hurtado habrían generado un riesgo para los recursos públicos de Ibagué. La Fiscalía también sostuvo que la delegación de funciones en la Secretaría de Infraestructura no eliminaba sus deberes de vigilancia y que conservaba la posibilidad de reasumir las competencias delegadas.
Ocho personas quedaron vinculadas al proceso de imputación, incluido el exalcalde Andrés Hurtado, y la Fiscalía atribuyó a cada uno una presunta responsabilidad individual por conductas relacionadas con la contratación estatal, el manejo de recursos públicos, la omisión de funciones y el régimen de inhabilidades e incompatibilidades.
El caso ahora queda en manos de la justicia, que deberá determinar las responsabilidades individuales y la solidez de los señalamientos formulados por el ente acusador.










