Gloria Arizabaleta, representante a la Cámara y presidenta de la Comisión de Acusaciones del Congreso, solicitó la suspensión del presidente Gustavo Petro de su cargo.
Esta medida cautelar, sin precedentes en la historia del país, se basa en la investigación por presunta participación en política que la congresista lidera. Según su auto, la suspensión debería extenderse hasta el 21 de junio a las 4 de la tarde, coincidiendo con el final de la jornada de votación de la segunda vuelta presidencial.
La Comisión de Acusaciones se encuentra reunida actualmente para aprobar esta decisión. Arizabaleta es miembro del partido Fuerza de la Paz, dirigido por su exesposo, el exsenador Roy Barreras, quien actualmente apoya la candidatura presidencial de Iván Cepeda.
La Constitución establece claramente que solo el Senado tiene la autoridad para destituir a un presidente de su cargo, un hecho que nunca se ha concretado. Para que el presidente sea declarado indigno del cargo, se debe seguir un extenso proceso que comienza en la Comisión de Acusaciones con una investigación. En este momento, el proceso contra Petro se encuentra en esta etapa.
Posteriormente, la Comisión debería presentar su expediente a la plenaria de la Cámara, que, en sesión privada, examinará el caso y decidirá, por mayoría absoluta, remitir el proceso al Senado. Cabe destacar que durante el mandato de Ernesto Samper (1994-1998), un proceso contra un presidente alcanzó esta instancia, pero la Cámara decidió archivar el expediente debido a la financiación del narcotráfico a su campaña.
Si la Cámara aprueba pasar el expediente al Senado, la plenaria de esta corporación decidirá si destituye a un alto funcionario. Solo ha sucedido una vez, en 2016, cuando aprobó la suspensión de Jorge Pretelt, entonces presidente de la Corte Constitucional.
Armando Benedetti, ministro del Interior, declaró que la decisión es ilegal. En un tuit, afirmó: “La Comisión de Acusaciones no tiene la autoridad para suspender al Presidente de la República, y mucho menos basándose en la voluntad de una sola representante”.









