Señaló en su decisión que la etapa procesal, en la cual, se presentó el preacuerdo, era superada, pues estaba en el juicio oral cuando se firmó entre la Fiscalía y el acusado.
Luego de cerca de seis meses de estudio, la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, decidió rechazar el preacuerdo de 57 meses y 21 días de prisión, que equivalen a cuatro años, nueve meses y 21 días de prisión, que firmó el exalcalde Luis Hernando Rodríguez y la Fiscalía, el cual, había avalado el Juez Primero Penal del Circuito.
Asimismo, la decisión con ponencia del Magistrado Luis Guiovanni Sánchez Córdoba,solicitó con carácter urgente al Consejo Seccional de la Judicatura para que brinde todo el apoyo organizacional al despacho de instancia, a fin de que pueda evacuar en tiempo oportuno el juicio que tiene a cargo surtir
Y envió de nuevo el proceso al despacho para que continúe su etapa procesal, lo cual, significa que deberá continuar el juicio oral.
En la decisión, el Tribunal señaló que reconoce la necesidad de atender prontamente el proceso, no pueden estar por encima del cumplimiento de la ley en punto del debido proceso. Además la Fiscalía pese a su discrecionalidad, no cuenta con libre disposición de la acción penal y debe atender las reglas establecidas.
Añade la decisión que en caso bajo estudio, al verificar el estado de la actuación para el momento en que se presentó el escrito de preacuerdo, se advierte que, no solo se había iniciado ya audiencia de juicio oral y cumplida la fase de alegación inicial, sino desarrolladas varias pruebas.
Asimismo, que en este caso se viola el debido proceso, pues, la negociación se hizo en una etapa ulterior a la alegación inicial y no contempla en esta fase del proceso rebaja alguna.
De igual manera, señaló la sala, que el pacto presentado no aprestigia la justicia, en tanto, no proceden acuerdos a cualquier costo, y menos, de manera arbitraria al desbordar los límites de los pre acuerdos.
Destaca que el procesado tuvo muchas oportunidades para aceptar cargos, incluso en múltiples ocasiones se suspendió el trámite so pretexto de hallarse en negociaciones, dejando vencer así el momento procesal que es de carácter preclusivo.
El exalcalde Luis Hernando Rodríguez Ramírez en este proceso es investigado ante ese despacho por las obras de las piscinas (Unidad Deportiva de la Calle 42); el contrato de Orlando Arciniegas Lagos y el diseño del Estadio Manuel Murillo Toro.
Recordó el togado que en el caso de Rodríguez Ramírez, durante la duración del juicio oral, se alcanzaron a escuchar 13 testimonios durante el proceso. Añadió que en junio de 2023 prescribió la conducta punible prevaricato por omisión y acotó que las otras dos conductas punibles por las cuales es investiga, prescriben en noviembre de 2027.
Ahora será la Sala Penal del Tribunal Superior de Ibagué, la encargada de decidir sobre la apelación de la delegada del Ministerio Público en este caso tan importante, que representaría la primera condena en contra del exalcalde de Ibagué.











