La decisión deberá cumplirla en su vivienda y cancelar tres salarios mínimos legales vigentes. Además, le ‘jalaron’ las orejas al Juzgado fallador para que imparte directrices a la hora de revisar el correo institucional.
El Juzgado Octavo de Control de Garantías de Ibagué confirmó los tres días de arresto domiciliario al secretario de Gobierno de la capital tolimense, Edward Amaya, así como el pago de una multa por tres salarios mínimos legales vigentes.
El Juzgado señaló que en la decisión del pasado 2 de octubre, donde se resolvió el incidente de desacato, se indicó que el representante de la entidad accionada (la Secretaría de Gobierno) había guardado silencio y no se había pronunciado sobre el cumplimiento del fallo de tutela del 28 de junio de 2024 proferido por este despacho.
Sin embargo, se evidencia que el Oficial Mayor de este juzgado remitió por competencia al Juzgado 16 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Ibagué el correo electrónico del 18 de septiembre de 2024 enviado por el Secretario de Gobierno de la Alcaldía Municipal de Ibagué, con sus respectivos anexos.
Por lo anterior, se exhortará al titular del Juzgado 16 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Ibagué para que imparta las directrices necesarias con el fin de que quienes estén a cargo de revisar el correo electrónico del despacho sean cuidadosos con la información que reciben, pues una desatención al respecto conlleva, como en este caso, a que en las decisiones judiciales se consignen hechos que no corresponden con la realidad y que los expedientes no estén actualizados.
En cuanto al Secretario de Gobierno de Ibagué, señala que en el correo del 3 de octubre de 2024, le presentan excusas al señor Israel Mauricio Llache Olaya porque remitieron una documentación equivocada y por ello le señalaron que le remitían “el documento correcto del 9 de septiembre de 2024, dentro de la cual se da alcance a la respuesta remitida el mismo 9 de septiembre”, pero en la respuesta enviada por el Dr. Edward Amaya Márquez no se identificaron los documentos que fueron anexados al correo electrónico referido.
Según el despacho, del recuento de los documentos, el Secretario de Gobierno de la Alcaldía Municipal de Ibagué, no demostró que dio cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela del 28 de junio de 2024, en el sentido de dar respuesta a la petición presentada por el señor Israel Mauricio Llache Olaya el 9 de abril de 2024.
Igualmente, que Amaya Márquez, relacionó documentos que contienen respuestas dirigidas al señor Israel Mauricio Llache Olaya de diferentes fechas, no obstante, omitió acreditar su debida notificación al incidentante.
Indica el fallo además, la decisión que se advierte que Edward Amaya Márquez, señaló que existe una respuesta del 9 de septiembre de 2024 dirigida al incidentante, la cual no fue allegada a este despacho, ni al a quo.
A su vez, aportó una captura de pantalla en la que se hace un alcance a la respuesta del 9 de septiembre de 2024 por haber entregado una documentación equivocada al señor Israel Mauricio Llache por un error humano.
Por lo anterior, refiere el Juzgado que no tiene certeza de cuál de todas las respuestas relacionadas por el doctor. Edward Amaya Márquez, Secretario de Gobierno de la Alcaldía Municipal de Ibagué, daba cumplimiento a lo ordenado por este juzgado en el fallo de tutela del 28 de junio de 2024, en el sentido de resolver de manera clara, precisa y de fondo la solicitud del 9 de abril de 2024 elevada por el señor Israel Mauricio Llache Olaya. Sobre todo, cuando no se acreditó que el señor Israel Mauricio Llache Olaya hubiese sido notificado por lo menos de una de las respuestas que indicó el representante de la entidad incidentada.