Antonio Melo Salazar habló con La Voz del Pueblo y cuestiona la decisión de la Alcaldía de dar nombres con referencias religiosas a escenarios deportivos financiados con recursos públicos. La Corte deberá definir si se vulnera el principio de Estado laico y la libertad de culto.
El exconcejal y abogado Antonio Melo Salazar dialogó con La Voz del Pueblo y confirmó que la Corte Constitucional estudia la acción constitucional interpuesta contra la Alcaldía de Ibagué por el uso de nombres con connotaciones religiosas en dos escenarios deportivos de la ciudad.
El caso inició con una solicitud presentada ante la administración municipal y posteriormente ante un juzgado, donde no prosperó. Ante esa situación, los demandantes acudieron a la Corte mediante, con el respaldo de la Defensoría del Pueblo y de organismos internacionales de defensa de derechos constitucionales.
“Es que inició reclamando el seguimiento de la Constitución que tiene muy claramente establecido que el país, el Estado colombiano es laico y no tiene que sujetarse a religión alguna y respetar a los que las tienen o a los que no las tienen. Más aún, cuando lo que está sucediendo es que con recursos públicos se está poniéndole nombres a unos bienes que se construyeron o refaccionaron con recursos públicos”, dijo Antonio Melo Salazar.
También cuestionan que los escenarios, diseñados para el deporte, se utilicen en ocasiones para actividades de carácter religioso, limitando el acceso de niños y jóvenes a las prácticas deportivas.
“Con un elemento adicional, que el lugar de utilizarse principalmente para el el ejercicio de los deportes, para lo cual ha sido construido, entonces lo utilizan más que todo para eventos religiosos de una organización religiosa, de una señora Piraquive que tiene ahora graves problemas de evasión de impuestos y todas esas cosas, pero que dentro de su modalidad política que se llama el Mira, el partido Mira”.
Añadió Melo Salazar: “Entonces el municipio y las votaciones influyen mucho de ese Partido Mira en la actividad política de la ciudad y pero los que vienen a salir perjudicados son los niños o los jóvenes o los deportistas que tenían esos escenarios para practicar el deporte o hacerlo y lo tienen que no lo pueden hacer porque están haciendo religiones religiosas en esas instalaciones”.
Enfatizó el abogado que lo único que piden es que se siga la Constitución y los fallos constitucionales al respecto, “Es lo único que pedimos. En cuanto si quieren ponerle nombres particulares, hagan eso con sus recursos y que los escenarios sean utilizados para lo que se constituyeron, escenarios deportivos. Si es con recursos propios y es para los deportes, pues que sea para los deportes y que las cuestiones religiosas las hagan en sus templos, en sus mezquitas, en sus iglesias o donde quiera”.
El proceso fue recibido en el despacho del magistrado Vladimir Fernández Andrade para su estudio. Aunque no existe un plazo definido para la decisión, Melo resaltó que la admisión del caso en la Corte representa un avance importante en el trámite.
Los accionantes solicitan que se cambien los nombres de los escenarios y que se garantice su uso exclusivo para fines deportivos. Recordar que interpusieron una acción popular y otro ciudadano instauró una acción de tutela que fue declarada improcedente.











