Por proceso en el que le declararon culpable por falsificación de la firma del representante legal de una cooperativa para cobrar $4.500.000
La alta corte inadmitió la demanda de casación que interpuso la defensa del alcalde Hugo Fernando Arce Hernández, con la que se pretendía que se revisara el fallo de segunda instancia proferido por el Tribunal Superior de Ibagué en octubre de 2021 cuando se confirmó la condena emitida por el juzgado penal del circuito de Chaparral que declaró culpable al Alcalde del delito de falsedad en documento público.
De acuerdo con la Corte Suprema, Hugo Arce en definitiva si falsificó la firma del representante legal de la Cooperativa Coopservir Ltda, en un recibo de orden de pago No 8445862 con el que el mandatario pudo retirar $4.500.000 de la cuenta de esta entidad en hechos ocurridos en el año 2008.
La sentencia contra el hoy mandatario se dio el 30 de enero de 2019 cuando el juzgado penal del Circuito de Chaparral le condenó a 16 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas tras probar la responsabilidad de Arce Hernández en los hechos, sin embargo, interpuso recurso de apelación que le correspondió al Tribunal Superior de Ibagué que en 2021 ratificó.
“A él lo condenan en primera instancia, el Tribunal confirma la decisión y presentan el recurso extraordinario de casación. La Corte lo que hace en esta providencia es inadmitir la demanda de casación contra la que no procede ningún recurso; lo que le queda a Hugo Arce a través de sus abogados pero no de manera directa sino a través de un Magistrado de la Sala Penal o de un Procurador delegado en lo penal es activar lo que dice en el numeral segundo de la parte resolutiva, es decir, el mecanismo de insistencia. Si no activan el mecanismo o petición de insistencia sino que adquiere firmeza esta providencia, inmediatamente deberá ser apartado del cargo por una inhabilidad sobreviniente a de designarse una terna por parte del movimiento Unidos por Chaparral por el que Salió elegido ya que no procede a elecciones por el tiempo que resta del mandato”, señaló el jurista Antonio París, frente a esta decisión.
No contento con este fallo en su contra tampoco, recurrió al recurso de casación que ahora también le fue inadmitido y por tanto queda con vigencia la sentencia que le dejaría por fuera de su cargo, no obstante, aún le queda el mecanismo de insistencia al que recurriría la defensa y mientras se resuelve puede terminar los 7 meses que le quedan de período.











