La justicia ratificó la sanción impuesta al funcionario por no acreditar el cumplimiento de una orden judicial que exigía responder una solicitud ciudadana sobre la exención del pico y placa.
Un nuevo revés judicial sacude a la Secretaría de Movilidad de Ibagué. El Juzgado Tercero Penal del Circuito confirmó la sanción impuesta al secretario Camilo Andrés Martínez Romero por desacatar una orden de tutela que le exigía responder de fondo una petición ciudadana relacionada con la exención del pico y placa.
El caso se remonta al 16 de julio de 2026, cuando Juan José Vásquez Villamil solicitó información sobre los requisitos para acceder a este beneficio para vehículos destinados a la prestación de servicios públicos domiciliarios, incluidos aquellos vinculados mediante contratos de renting, leasing u outsourcing.
Ante la falta de una respuesta que cumpliera con lo ordenado, el ciudadano acudió a un incidente de desacato. Previamente, el Juzgado Catorce Penal Municipal había ordenado a la Secretaría de Movilidad contestar de manera clara, precisa y de fondo en un plazo de 48 horas.
La sanción, impuesta el 6 de octubre y confirmada mediante providencia del 15 de octubre de 2026, contempla tres salarios mínimos legales mensuales vigentes y tres días de arresto. Según el expediente, la dependencia no presentó informes que acreditaran el cumplimiento de la orden judicial, pese a los requerimientos efectuados.
La decisión también establece una precisión clave: el fallo de tutela no obligaba a conceder la exención del pico y placa, sino a responder de fondo la solicitud dentro de las competencias legales de la entidad. Asimismo, el juzgado descartó responsabilidad sancionable de la alcaldesa Johana Aranda en este incidente.
El expediente regresará al juzgado de origen para continuar con las actuaciones correspondientes al cumplimiento de la decisión.










