Se trata de un excontralor de Barrancabermeja en Santander, Luis Fernando Bueno González. Asimismo, se aclararon dos de las 35 reclamaciones de participantes que habían sido seleccionados y sus números de cédula estaban mal digitados.
El Concejo Municipal le respondió a los 36 apelantes o reclamantes que se presentaron al concurso de Contralor de Ibagué, precisó la corporación que dos de ellos, se les fue la cédula con un error de digitación.
En la respuesta reclamaciones proceso Contraloría 2025 se destaca que solo una apeló y se trató de la Luis Fernando Bueno González, a quien le revocaron la inadmisión y se convirtió en el candidato número 22 a este concurso de Contralor de Ibagué periodo 2026 – 2029.
Señaló la respuesta: “Relativo al formato de declaración de bienes, rentas y registro de conflictos de intereses. No obstante, el mencionado aspirante presentó en tiempo su reclamación, alegando el cumplimiento de dicho requisito y solicitando la revisión de la decisión que lo excluyó”.
Añade la respuesta: “Al efectuar la verificación de los documentos aportados, el comité constató que el formato en cuestión fue entregado debidamente firmado, sin enmendaduras ni tachones, y dirigido expresamente al concejo municipal de ibagué, cumpliendo en su integridad con lo exigido en la normatividad aplicable.
Y refiere: “Revocar la decisión de inadmisión del aspirante Luis Fernando Bueno Gonzalez, por las razones expuestas en la presente decisión. Artículo segundo admitir al mencionado aspirante en la convocatoria pública previa a la elección del contralor (a) municipal de ibagué, periodo constitucional 2026 – 2029”.
De Bueno González se conoció que fue Contralor de Barrancabermeja en Sandander, es administrador de empresas, contador público titulado y periodista profesional. magister en gestión pública y gobierno, magister en gestión y dirección de empresas, especialista en dirección para el desarrollo de la gestión pública, especialista en revisoría fiscal, especialista en gerencia de empresas, posgrado en coaching y liderazgo organizacional.
También ha ejercido como profesor universitario por más de 15 años. Coaching certificado internacionalmente. Mas de 30 años de experiencia como asesor, consultor, auditor en entidades de vigilancia y control fiscal, Conferencista, Profesional y Directivo de empresas del sector público y privado. Coach en gestión fiscal. Auditor integral normas Icontec y Escritor de 10 libros académicos: Entre otros, Guía Pre aprender «Gestión Fiscal».
Además, fue aspirante al proceso de Designación de Rector/Rectora UIS (Universidad Industrial de Santander) 2025-2028.

Luis Fernando Bueno González.
De igual manera hubo dos aclaraciones están las de Juan Carlos Capera Aranda y Giovani Arias.
En el caso de Juan Carlos Capera Aranda, quien aparece en la casilla 19 del listado, el cual, se entregó por número de cédula, hubo un error en el número de cédula que termina en 359 y se digitó la terminada en 369, la cual, corresponde a Germán Girley González Torres).
Asimismo, Giovani Aria, quien por un error de digitación se cambió un número en la cédula el correcto es 189 y se escribió 198. “En consecuencia, se precisa que la corrección realizada no modifica el sentido material de la decisión adoptada en el acto administrativo, ni afecta la validez de la lista de admitidos y no admitidos publicada, limitándose exclusivamente a enmendar el error de transcripción advertido”, dice la decisión.
Los no admitidos luego de las reclamaciones:
- Andres Mauricio Orjuela Umaña
- Carlos Ernesto Santana Bonilla
- Diego Ricardo Arias Acosta
- Fredy William Andrade Perez
- Luis Alfonso Cortés
- Mauro Alexander Quiceno Salazar
- William Sánchez Bautista
- Diana Carolina Meneses Escobar
- Rafael Enrique Calderón Calderón
- Adolfo Weibar Sinisterra Bonilla
- Edwin Alexander Hernandez Arteaga
- Jonathan Javier Sanchez Urriago,
- Jorge Enrique Dominguez Parra,
- Pablo Andrés Garcés Vásquez
- Jorge Enrique González Bohórquez
- Luis Felipe Poveda
- Dayan Caterine Varon Buenaventura
- Diana Marcela Alvarado Delgadillo,
- John Johver Moreno Hernández
- Carlos Mario Carvajal Gaitán
- Édgar Orlando Espinosa Moya
- Juan Carlos Villalba Artunduaga
- Jairo Ayala Alape
- Jorge Luis Lombana Sánchez
- Jesús Gildardo Silva Silva
- Heber Alfredo Guifo Hernández
- Reynaldo Mateus Beltrán
- César Ómar Rodríguez
- Ángel Eduardo Perez Fajardo
- Rodrigo Antonio Urrea Beltrán
- Alvaro Trujillo Mejía
- Mauricio Pulido Corral
En las decisiones contestada de manera personal, entre los argumentos están: que el formato de declaración de bienes, rentas y registro de conflicto de intereses (ley 2013 de 2019, ley 1437 de 2011, ley 734 de 2002 y ley 2003 de 2009), no está dirigido al Concejo Municipal de Ibagué.
Otros por no acreditar el requisito de dos (2) años de experiencia en el ejercicio de funciones públicas.











